Tipo de Cambio Fiscal:

Hoy:
   07/09/2010   ~   $ 12.9526
Mañana:
   08/09/2010   ~   $ 12.9395

TRAMITES ADUANEROS PARA PASAJEROS

30/06/2009 ~ OPERATIVO DE VERANO

Pasajeros

Facilitación de trámites aduaneros durante el Operativo de Verano

Se incrementa la franquicia de 75 a 300 dólares durante los periodos de verano e invierno, los cuales comprenden del 26 de junio al 31 de agosto de 2009 y del 1 de noviembre de 2009 al 10 de enero de 2010, respectivamente, para pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, acumulables por los integrantes de una familia que ingrese en el mismo medio de transporte, siempre que no se trate de residentes en la franja o región fronteriza, asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.
Declaración voluntaria

Es un medio por el cual el pasajero internacional que arriba a México puede realizar la importación de las mercancías distintas a su equipaje personal y que exceden del monto de la franquicia a que tiene derecho, sin necesidad de contratar los servicios de un agente aduanal, siempre y cuando el monto de sus mercancías no exceda a tres mil dólares o su equivalente en otras monedas. Para ello es necesario, que las mercancías no estén sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias.

Procedimiento

Sume el valor de las mercancías que no estén mencionadas en la lista de equipaje personal, para ello, utilice sus facturas, comprobantes de venta o cualquier otro documento que exprese cuanto le costaron las mercancías, recuerde que no puede incluir en esta suma lo siguiente:
Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo el cual debe de cumplir con las especificaciones del fabricante

Importante: Si la mercancía está sujeta a un permiso, restricción o regulación no arancelaria, no puede optar por el procedimiento simplificado, debe de realizarlo contratando los servicios de un agente aduanal. Para ello, es necesario cumplir previamente con los permisos, restricciones o regulaciones no arancelarias aplicables y realizarla por la zona de carga.

Con este procedimiento podrá importar hasta 6 litros de bebidas alcohólicas y/o vino con una tasa global de 65%, y 50 puros, con una tasa global de 175% respectivamente.

Una vez que conoce el monto podrá realizar su pago; recuerde que las demás mercancías tendrán una tasa global del 15 %.
Formas de realizar el pago


El pago podrá realizarse en la aduana de entrada, mediante el formulario “Pago de contribuciones al comercio exterior”, que forma parte del Apartado A del Anexo 1 de la presente Resolución.

Una vez que ha llenado y pagado el formato Pago de contribuciones al comercio exterior, lea y llene el formato de Declaración de Aduana. Puede optar por solicitar al personal de la aduana que practique el reconocimiento aduanero (revisión física y documental de lo declarado) o activar el mecanismo de selección automatizado (semáforo fiscal), el cual indicará de sin la intervención de persona alguna se revisará o no sus pertenencias.
La luz roja indica que se realizará la revisión de su equipaje y su Declaración de Aduana
La luz verde indica que puedes pasar sin revisión

Independientemente del resultado del Mecanismo de Selección Automatizado (semáforo fiscal), la autoridad aduanera puede emitir una orden de verificación de mercancía para comprobar lo manifestado.


Importante:
Conserve la copia sellada de su formulario para acreditar el ingreso legal de su mercancía
La mercancía importada por este conducto no es deducible de impuestos
El personal de la Aduana México tiene, en todo momento, la obligación de atenderlo con respeto y orientarlo para resolver cualquier duda o problema que pudiera tener en su paso por la aduana
Si ingresa a México por avión o barco su franquicia es de hasta 300 dólares
Si ingresa a México por carretera su franquicia es de hasta 75 dólares y solamente para los pasajeros de nacionalidad mexicana que ingresen al país por carretera el monto se incrementará de 75 dólares hasta 300 dólares durante los periodos de verano e invierno, los cuales comprenden del 26 de junio al 31 de agosto de 2009 y del 1 de noviembre de 2009 al 10 de enero de 2010, respectivamente. Asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.

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